Registro Único de Medios Vecinales

Registro Único de Medios Vecinales de Comunicación Social de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires

Se consideran Medios Vecinales de Comunicación Social a aquellos medios de comunicación social gratuitos, con domicilio legal y actividad comprobables en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que tienen por objeto la difusión de información de interés público relacionada con nuestra ciudad y/o sus habitantes.
No pertenecen a esta categoría los medios temáticos, los no gratuitos y aquellos que tienen por objeto la difusión institucional de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, tales como organizaciones políticas, religiosas, gremiales y/o colectividades, o de toda otra parcialidad.

Inscripción en el registro

El Registro de Medios Vecinales de Comunicación Social de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires estará abierto entre el 1° de agosto y el 31 de octubre de cada año.

La autoridad de aplicación debe resolver antes del 1° de noviembre, sobre la aceptación o no de las solicitudes de inscripción recibidas.

La vigencia de la inscripción en el Registro de Medios Vecinales de Comunicación Social es anual y rige del 1° de enero al 31 de diciembre.

No serán aceptados en el Registro más de dos (2) Medios de Comunicación Social por titular, independientemente del soporte en el que sean producidos.

La inscripción en el Registro de Medios Vecinales de Comunicación Social es gratuita.

Los medios vecinales deberán incluir un mínimo de cincuenta por ciento (50%) de contenido periodístico propioLa publicidad no puede exceder el cincuenta por ciento (50%) del espacio total. El contenido periodístico propio debe incluir como mínimo un cincuenta por ciento (50%) de temas inherentes a la problemática de su área de influencia e información sobre instituciones públicas o privadas sin fines de lucro de la Ciudad.

A continuación te invitamos a completar el formulario correspondiente a tu tipo de Medio de Comunicación Social Vecinal:




    Adjunte una boleta de pago de servicios, constancia de Renaper, informe de Nosis o copia del DNI, según corresponda. Formatos JPG, JPEG, PNG, DOC, DOCX y PDF.

    Archivos Adjuntos


    Acreditar mediante factura o certificación de imprenta emitida por el taller de impresión una tirada mínima de 2.000 ejemplares por edición. Formatos JPG, JPEG, PNG, DOC, DOCX y PDF.