La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en tanto organismo de defensa de derechos, promueve desde hace años, a través de diferentes vías, la figura del representante barrial en villas porteñas como parte fundamental de interlocución con el Gobierno de la Ciudad y demás actores responsables de la reurbanización de estos barrios.
Tal como lo establece la Ley 148/1998 de esta Ciudad, desde el organismo se considera necesaria una representación vecinal que contribuya a garantizar el “adecuado ajuste entre las necesidades de los pobladores y las respuestas conducentes para la satisfacción de las mismas” por parte del Poder Ejecutivo.
En ese contexto, la Defensoría considera que es importante tener en cuenta aquellos documentos que refieren a la organización de los barrios y que fueron consensuados entre los vecinos y vecinas y, en muchos casos, legitimados a través de la justicia. Por ese motivo, se ponen a disposición los estatutos y reglamentos vigentes, en los que se encontrará información actualizada sobre el tipo de organización que toma la representación en cada barrio, sus funciones específicas, los modos en que debe darse la elección de cada uno de estos representantes, además de la duración de los mandatos, entre otras cosas*.
La Coordinación Operativa de Villas, dependiente de la Conducción Ejecutiva de Descentralización elaboró un cuadro sobre el estado de situación por barrio en relación a los mandatos. Al mes de diciembre de 2021, la situación es la que sigue:
Cuadro 1. Estado de situación de la representación barrial en villas porteñas 2021
Fuente: Coordinación Operativa de Villas, Diciembre 2021.
*Para acceder a los estatutos de cada uno de estos barrios, solicitarlos enviando un correo electrónico a defensoriadelpuebloenvillas@defensoria.org.ar