Los últimos vetos del Presidente de la Nación nos han generado preocupación, en tanto Defensores y Defensoras del Pueblo al frente de los organismos de defensa de derechos humanos en cada una de las provincias y municipios donde actuamos. No dudamos en calificar como un “error” la decisión de rechazar leyes aprobadas por amplia mayoría de ambas Cámaras, con respaldo ciudadano y con impacto directo en los sectores más vulnerables.
En este caso, la Ley de Emergencia Sanitaria de la Salud Pediátrica fue sancionada el 22 de agosto por el Senado de la Nación, luego de jornadas de debate en las que se logró que se impusiera la priorización de la salud integral de niñas, niños y adolescentes de la Argentina.
La norma obligaba al Estado Nacional a garantizar recomposición salarial, actualización de partidas presupuestarias, provisión de insumos críticos, mantenimiento de infraestructura, medicamentos, vacunas y todo lo necesario para una atención pediátrica de calidad. Médicos, trabajadores, residentes y familias del Hospital Garrahan hicieron oír sus demandas y visibilizaron las graves carencias del sector, las extensas jornadas, el esfuerzo del personal y el deterioro edilicio de la institución de referencia nacional en la materia.
Recordamos que el derecho a la salud integral y el acceso a las máximas prestaciones posibles se encuentran consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño, que en nuestro país tiene jerarquía constitucional. Niñas, niños y adolescentes se encuentran amparados por el principio de protección especial y, en consecuencia, su interés superior exige otorgarles los máximos beneficios. El sistema de atención de la salud pediátrica debe contar con prioridad presupuestaria. El Hospital Garrahan, en tanto institución de alta complejidad y excelencia, es indispensable en un contexto en el que la atención de la niñez y adolescencia enfrenta múltiples déficits.
Asimismo, destacamos que los compromisos internacionales asumidos por nuestro país en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes no son meramente programáticos ni declamatorios, sino que constituyen obligaciones jurídicas exigibles. El acceso igualitario a prestaciones de salud de alta complejidad y calidad es un deber jurídico y ético del Estado, cuyo incumplimiento acarrea consecuencias legales y compromete la responsabilidad internacional de la Argentina.
Advertimos, una vez más, que el derecho a la salud es impostergable y que la salud y la educación públicas son pilares fundamentales para garantizar una sociedad más igualitaria, justa y sostenible.
Señalamos que las consecuencias del veto presidencial se traducen en diagnósticos tardíos que ponen en riesgo la vida de niñas, niños y adolescentes en hospitales desbordados por falta de personal y en la negativa del Estado argentino de garantizar el acceso efectivo al derecho a la salud de las infancias. Una República que desconoce las decisiones democráticamente adoptadas y no coloca en el centro los derechos de niñas, niños y adolescentes se encamina hacia mayores niveles de desigualdad, tanto en el presente como en el futuro que debemos construir.
Asimismo, reafirmamos que la obligación de la administración nacional es dar cumplimiento a la legislación sancionada por el Congreso y garantizar los derechos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales. El veto, en este caso, implica un retroceso en materia de protección de derechos fundamentales.
Por todo ello, instamos a las autoridades a reconsiderar la medida, a promover un diálogo institucional respetuoso de la división de poderes y a restituir de manera urgente los mecanismos necesarios para asegurar el acceso efectivo a la salud de niñas, niños y adolescentes en todo el país.