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Programa REPRO II

El Ministerio de Trabajo extiende al mes de diciembre de 2021 el Programa REPRO II y el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos, mediante la resolución 824/2021.

Para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de diciembre de 2021, la inscripción será desde el 22 al 28 de diciembre inclusive.

Por otra parte, la cartera laboral determinó los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II, de acuerdo al siguiente detalle:

a. Facturación requerida por la AFIP: Noviembre de 2019 y noviembre de 2021.

b. Altas empresas: No será tenida en cuenta la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

c. Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios: noviembre de 2021.

d. Corte de actualización de bajas de nómina: 20 de diciembre inclusive.

e. Corte de actualización CBU: 20 de diciembre inclusive.

De igual manera, el Art. 5 de esta resolución, fijó las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto del programa de asistencia para sectores críticos, a saber:

a. Presentar una reducción de la facturación superior 30% en términos reales, para el periodo comprendido entre Noviembre 2019 y Noviembre 2021.

b. Periodo de referencia de pagos a acreditar:

– Autónomos: de 04/2021 hasta 10/2021

– Monotributo: de 5/2021 hasta 11/2021

c. Corte de pago Monotributistas: Pagos hasta el 20 de Diciembre inclusive.

El monto de la asistencia es variable de acuerdo a cada sector: