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Mensaje por el Día Mundial de la Prevención del Embarazo Adolescente No Intencional

La problemática requiere de políticas públicas que reconozcan los derechos de la población adolescente y garanticen acciones concretas para hacerlos efectivos.

“No intencional”, “no deseado”, “imprevisto” son formas de caracterizar embarazos que no son la consecuencia de un propósito previo, sino que ocurrieron por la falta de uso de métodos anticonceptivos en las relaciones sexuales, por la falla o mal uso de algún método y -también- como producto de abusos sexuales o violaciones.

La persistencia de esta problemática puede considerarse una vulneración de los derechos humanos de niñas y adolescentes, pues trae aparejados riesgos para la salud, altas tasas de interrupción o abandono escolar, dificultades en la posterior inserción laboral.

El embarazo adolescente no intencional está relacionado con condicionantes sociales, económicos, culturales asociados a una o varias situaciones, en forma simultánea: falta de información o información errónea sobre el cuerpo y la anticoncepción, falta de educación sexual integral; iniciación sexual temprana, coerción para la primera relación sexual o para no adoptar medidas de cuidado; falta de servicios de salud o de servicios de calidad; obstáculos en el acceso a los servicios o a los métodos anticonceptivos, a la anticoncepción de emergencia, a la interrupción del embarazo; barreras a la autonomía para decidir, exposición a situaciones de violencia de género y de abuso sexual.

Hace algunos años, la Encuesta Nacional de Salud Sexual y Reproductiva revelaba que un tercio de los/as adolescentes encuestados/as no había utilizado métodos anticonceptivos en su primera relación sexual, y de ellos/as, la mitad por falta de información o por información errónea. Otro relevamiento de datos, daba cuenta de que un cuarto de los/as adolescentes encuestados/as no empleaban métodos porque su pareja no quería, lo que podría estar dando indicios de una relación abusiva o violenta.

Los embarazos en niñas ente 10 y 14 años alertan por la alta probabilidad de que sean resultado de abuso sexual, violación y/o explotación sexual, pues a menor edad hay menor capacidad para consentir una relación. Asimismo, a estas etapas tempranas, existen mayores riesgos de complicaciones físicas en el embarazo y el parto, de la ocurrencia de partos prematuros y de nacimientos de niños/as con bajo peso, condiciones que aumentan las posibilidades de muerte del neonato.

Vale considerar que en la mayoría de los países, el contexto de pandemia, empeoró el acceso a servicios de salud y a métodos anticonceptivos, además de propiciar una mayor exposición a situaciones de violencia en el hogar y de abuso sexual.

En Argentina, según los datos de la Dirección de Estadísticas e Información en Salud (DEIS) del Ministerio de Salud de la Nación, en 2020, se registraron un total de 53.260 embarazos en adolescentes. Si bien la tasa de fecundidad adolescente tardía (entre 15 y 19 años) descendió, el 70% de los embarazos en esa franja etárea fueron no intencionales; mientras que se elevó al 80% en niñas menores de 15 años, como resultado de abusos y violencia sexual. También, se destaca la repitencia de embarazos pues, de acuerdo al Sistema Informático Perinatal (SIP) -que releva la mayoría de las maternidades públicas- surge que un 29% de las adolescentes tuvieron un hijo/a por segunda o tercera vez antes de cumplir los 20 años.

La distribución de la maternidad adolescente está relacionada con el desarrollo. En el país, las provincias del norte (Formosa, Chaco, Misiones, Salta) exhiben una incidencia del embarazo en la adolescencia mayor que en otras, señalando entre otros condicionantes, una inequidad en el acceso a servicios de salud de calidad.

De acuerdo a informes de Amnistía Argentina, el 30% de las adolescentes que abandonaron el secundario lo hizo por embarazo o maternidad; mientras que el 67% de las personas jóvenes que no estudia, no trabaja ni tampoco busca trabajo, son niñas y adolescentes que cuidan a niños/as en sus hogares; lo que significa que sobre ellas recaen las tareas de cuidado.

En nuestro país, tanto las leyes nacionales, como las locales, amparan los derechos de las y los adolescentes.

El Código Civil y Comercial (CCC. Art. 26) reconoce que son titulares de sus derechos y que tienen capacidad progresiva para ejercerlos con autonomía de acuerdo a su madurez, pudiendo tomar decisiones sobre el cuidado de su cuerpo y su salud.

Desde este fundamento, otras normas explicitan que los/as adolescentes tienen derecho:

  • a elegir, sin presiones, si quieren iniciar su vida sexual, decidiendo cuándo, cómo y con quién;
  • a gozar de una vida sexual plena, saludable, placentera, sin riesgos para su salud, sin embarazos no previstos, sin violencia, coerción o abusos;
  • a recibir Educación Sexual Integral (ESI) en las escuelas, sean públicas o privadas, en todos los niveles, para promover aprendizajes en materia de prevención, promoción de la salud, de ejercicio de derechos y de una vida libre de violencias;
  • a concurrir a un servicio de salud para solicitar información sobre métodos anticonceptivos, y que les sea provista de forma clara y actualizada, acompañándolos en la toma de decisiones autónomas sobre su vida sexual y reproductiva, sin rechazos, obstáculos ni requisitos;
  • a recibir de forma gratuita el método anticonceptivo elegido;
  • a que se les brinde información para prevenir infecciones de transmisión sexual y VIH/SIDA;
  • a que se les entregue anticoncepción hormonal de emergencia (AHE ó “pastilla del día después”) en caso de haber tenido una relación sexual sin protección o haber sido víctima de violación;
  • a que se le realice una IVE (Interrupción Voluntaria del Embarazo) si está cursando una gestación hasta la semana 14 inclusive, de acuerdo a los términos de la ley  27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo y Atención Post aborto, sancionada con el fin de reducir la cantidad de embarazos no intencionales, los abortos inseguros y las muertes maternas por complicaciones por abortos clandestinos;
    a que se le realice una ILE (interrupción Legal del Embarazo) en caso de cursar un embarazo producto de una violación o que responda a las otras causales admitidas, sin demoras, ni obstáculos y cuidando la confidencialidad;
  • a recibir atención integral en la instancia post aborto;
  • a pedir y recibir ayuda especializada si están en un noviazgo violento o si son víctimas de algún tipo de violencia;
  • a que la escuela facilite la continuidad de sus estudios si están cursando un embarazo o si ya son madre o padre;
  • a recibir atención médica de calidad si están embarazadas, sin ser discriminadas por su edad, garantizando el buen trato, que estén acompañadas en el momento del parto, y que reciban asesoramiento sobre el método anticonceptivo más adecuado en ocasión post parto.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todos los hospitales generales de agudos y centros de salud que dependen del Ministerio de Salud porteño cuentan con Consejerías en salud sexual y reproductiva. En muchos de ellos, hay servicios especializados en adolescentes, donde pueden concurrir para una consulta con un/a profesional para plantear dudas y necesidades, solicitar métodos anticonceptivos y la realización de estudios diagnósticos, todo en forma completamente gratuita.

Consultá los establecimientos y horarios de atención aquí.

Además de la sanción de normativa acorde y la disposición de políticas inclusivas y equitativas en materia de derechos sexuales y reproductivos, es imprescindible el compromiso activo de los/as adultos/as de nuestras comunidades y de los/as trabajadores/as de la salud y la educación.

El Estado, a través de sus dependencias y sus trabajadores/as, debe ser el garante de todas y cada una de estas acciones concretas y respetuosas de los derechos de las y los adolescentes.