Bandera Argentina
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Mensaje por el Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niños y Niñas

La jornada conmemora la sanción de la ley 9143 ("Ley Palacios") en 1913. Esta normativa fue la primera a nivel mundial en penar y destacar la necesidad de prevenir la trata, en particular la de mujeres con destino de explotación sexual. Además, reconocía sus derechos humanos y el derecho a que sus cuerpos no fueran cosificados en el mercado sexual.

La trata de personas o tráfico humano constituye uno de los delitos más aberrantes y acarrea graves vulneraciones a los derechos humanos de las personas.

De acuerdo al “Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Menores” de Naciones Unidas, se entiende por tráfico o trata de personas a «la captación, transporte, traslado, recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos».

Amnistía Internacional la define como una de las prácticas ilegales más rentables a nivel mundial, solo precedida por el tráfico de drogas y armas.

Según ONU Mujeres, el 71% de las víctimas del delito de trata en todo el mundo son mujeres y niñas, por lo que se estima que 3 de cada 4 de ellas son captadas con fines de explotación sexual.

Para esta modalidad, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) establece que el 98% son mujeres y niñas, mientras que la mitad son menores de edad. En cambio, para la trata con fines de explotación económica o laboral, se estima que el 56% son mujeres y niñas y el 44%, hombres y niños.

Por su parte, la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (UNODC) estima que existen 2,5 millones de personas víctimas de trata. Sin embargo, se calcula que por cada víctima visiblizada existen por lo menos otras 20 sin identificar, lo que muestra la gravedad del problema a nivel mundial.

El tráfico internacional de personas no podría florecer y prosperar sin la complicidad, connivencia y tolerancia de funcionarios y funcionarias. Por eso, su control y erradicación es una tarea compleja, sinuosa y difícil, a pesar de los avances legislativos y la consciencia social sobre esta problemática generada a partir de las intervenciones del movimiento de mujeres y sectores comprometidos con la defensa de los derechos humanos.

Este delito destruye a la persona y afecta profundamente su dignidad. Por eso, es fundamental que las personas rescatadas reciban asistencia preferencial, eficiente y eficaz por parte del Estado. En este sentido, resulta vital que las políticas públicas aborden la situación de las personas víctimas de este delito inhumano en forma integral. La Argentina es un país pionero en el combate contra la trata, pero aún está en deuda -en tanto Estado y sociedad- con las personas rescatadas.