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Lineamientos para tramitar la Pensión No Contributiva para personas con VIH y/o hepatitis B y/o C

A través de la Resolución 34/2023, la ANSES estableció nuevas pautas para el otorgamiento de este beneficio.

La medida establece que el/la solicitante deberá cumplir con una evaluación patrimonial y socioeconómica, que incluirá al grupo familiar, cónyuge, conviviente o conviviente previsional mayor de 18 años. La misma será favorable cuando:

1. El/la solicitante y su grupo familiar no verifiquen ingresos mensuales superiores a 3 salarios mínimos vitales y móviles ($203.229 en febrero del 2023).

2. No se verifiquen ingresos mensuales derivados de actividades laborales superiores a un salario mínimo vital y móvil ($67.743 en febrero del 2023).

Cabe destacar que los ingresos comprenden las remuneraciones de los/as trabajadores/as en relación de dependencia registrada, las rentas de referencia para trabajadores/as autónomos/as y monotributistas y otras sumas originadas en prestaciones contributivas y/o no contributivas nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por el contrario, no se considerarán para el cálculo otros montos percibidos a través de programas sociales, de capacitación o empleo, prestaciones por desempleo que otorgue el Estado Nacional, provincial y/o municipal y el Monotributo Social.

Luego de la evaluación, la ANSES informará el resultado a la persona solicitante y, según corresponda, deberá indicar la circunstancia de exclusión verificada o la opción de dar de baja otra prestación en curso de pago para poder acceder a este beneficio.

Se recuerda que de acuerdo a la Ley Nacional de Respuesta Integral al VIH, hepatitis virales, otras infecciones de transmisión sexual –ITS– y tuberculosis –TBC, tendrán derecho a acceder a la pensión no contributiva quienes cumplan con los siguientes requisitos:

a) Ser argentino/a nativo/a o naturalizado/a, o extranjero/a residente en el país, mayor de 18 años de edad. Las personas naturalizadas y extranjeras deberán contar con una residencia continuada en el país de por lo menos 5 años para acceder a la pensión.

b) Acreditar el diagnóstico al momento de la solicitud del beneficio.

c) No ser titular de una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo.