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El CHD busca garantizar judicialmente la designación de la Defensora de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente

El Defensor del Pueblo de la CABA, Alejandro Amor, con el patrocinio jurídico del Consejo de Derechos Humanos, se presentó judicialmente para solicitar el rechazo de demanda que impugna la designación del Defensor/a a cargo de la defensa de los intereses del colectivo de niños, niñas y adolescentes

Para dar cumplimiento a la Convención de los Derechos del Niño en el ámbito nacional, se aprobó en el año 2005 la Ley de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes – ley n° 26.061. En cumplimiento a la obligación de defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes, dicha ley dispuso la creación de la figura del Defensor/a de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, quien tendrá a su cargo velar por la protección y promoción de los derechos consagrados en la normativa interna e internacional. El/la Defensor/a debe ser propuesto y designado por el Congreso Nacional, por medio de una Comisión Bicameral.

No obstante, durante casi 14 años el Poder Legislativo omitió dar cumplimiento a este dispositivo legal, a pesar de la insistente solicitud de los más variados actores sociales que se dedican a la protección de los derechos de la niñez, así como también de recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos que señalaban tal omisión. En el año 2015, distintas asociaciones y fundaciones protectoras de derechos promovieron un amparo, en el que la justicia exhortó al Congreso de la Nación a que cese su omisión constitucional y proceda a cumplir con su obligación de designar el Defensor/a en cuestión.

Luego de ese largo proceso, en mayo de 2017 se constituyó la Comisión Bicameral, la que convocó a un concurso público de antecedentes y oposición dentro del marco de Reglamento previamente aprobado. Tras la realización de un procedimiento abierto y transparente, en abril de 2019 la Comisión emitió dictamen en cual estableció el orden de mérito final de los postulantes, restando únicamente la designación de la candidata seleccionada, en la cabeza de Congreso Nacional.

Con el claro propósito de retrotraer el procedimiento de designación a sus comienzos, una Fundación presentó un amparo en el que objeta el proceso de designación del/ de la Defensor/a, así como la presunta falta de idoneidad de la candidata seleccionada, con base en su ideología personal.

Ante el grave riesgo de que se vean comprometidos los derechos  de los niños, niñas y adolescentes por una nueva demora en el referido proceso de designación, el Defensor del Pueblo de la CABA, Alejandro Amor, con el patrocinio jurídico del Consejo de Derechos Humanos, se presentó en la demanda judicial como tercero, solicitando se rechace la demanda planteada, y se pueda finalmente dar lugar a la designación del Defensor/a a cargo de la defensa de los intereses del colectivo de niños, niñas y adolescentes , así como satisfacer las obligaciones internacionales a que se atiene el Estado argentino.