Puntualmente, la Asociación califica de regresiva a la definición de información pública contenida en la iniciativa oficial y cuestiona la inclusión de nuevos requisitos para la presentación de pedidos por parte de la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil.
Así planteada, la reglamentación obstaculiza el uso de la herramienta y acota de manera grosera los datos que están obligadas a suministrar las personas en ejercicio de funciones públicas, desvirtuando el sentido de la norma vigente y los estándares internacionales que plantean como principio la máxima divulgación.
ADPRA también advierte que el decreto implica una injerencia indebida sobre las competencias de la Agencia Nacional de Acceso a la Información Pública, que debilita su carácter autárquico y su autonomía funcional.
En concreto, los Defensores y las Defensoras del Pueblo solicitan a las autoridades nacionales que revean su decisión, dado que resulta preocupante, en términos institucionales, que se avance en dirección de limitar un derecho que es fundamental y que sirve de sustento al funcionamiento de las sociedades libres y democráticas.