La presentación se efectuó ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 38 donde, a instancias de una denuncia realizada por la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI), el autor del blog fue investigado por imágenes de abuso sexual infantil.
Asimismo, la Defensora instó a que previamente se disponga que las empresas intermediarias preserven toda la información existente sobre dichos sitios para que, en caso de ser necesario, sea utilizada como evidencia digital.
Las acciones expuestas se realizan en el marco de la línea de trabajo que la Defensoría del Pueblo porteña lleva adelante en pos de mitigar la violencia de género digital.
El mencionado blog se dedicaba a tomar fotos en el espacio público de partes íntimas de mujeres jóvenes y niñas que respondían a un patrón dominante de belleza, sin ningún consentimiento. A su vez, se posteaban repudiables comentarios sexistas y violentos. Además, el productor cobraba una contribución dineraria (por ejemplo, 500 pesos la cola) mediante un sitio web y tenía un perfil en una red social, ambos también fueron dados de baja.
En su oportunidad, se reportó al blog y se contactó a la empresa Google INC a fin de requerirle que se dé la baja del contenido cada vez que el mismo violentara la normativa local (Art. 12 de la Constitución local, la Ley 1845 y Ley 5742) y nacional (Art. 52 del Código Civil, Ley 26.061, Ley 25.326, Ley 26.485), así como tratados internacionales de derechos humanos, en especial la Convención de la sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer conocida como Cedaw y la Convención de Belen do Pará.
Frente a esta requisitoria de la Defensoría, la empresa respondió que para cualquier decisión sería necesaria la vía judicial. Debido a que la problemática persistió, se procedió a contactar directamente al generador del contenido y recién en ese momento se logró la baja de la información sensible.
El organismo siguió monitoreando la situación y se advirtió que en febrero de 2019 nuevamente se habían vuelto a dar de alto ciertos sitios en el soporte blogger.
En este sentido, la Defensoría acudió a la Justicia Contravencional y Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quien luego de estudiar el caso lo archivó. Concretamente, intervino la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nro. 18, especializada en violencia de género, que consideró que había insuficiencia probatoria en el proceso.
En tanto, desde la institución se continuó reportando ante la empresa Google sobre el contenido violento y sexual contra las mujeres, aunque no hicieron lugar al pedido y mantuvieron diversas publicaciones.
En el texto de este nuevo escrito que se presentó ante la Justicia, María Rosa Muiños destacó: “Se efectúa el presente pedido debido a que se encontrarían vulnerados los derechos de las vecinas y los vecinos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ya que las distintas imágenes registradas pertenecen a los barrios del centro porteño. Se advierte también que dicho contenido público sobre el registro y la utilización de imágenes incumple la normativa vigente sobre protección de datos personales local (Art. 12 de la Constitución local, la Ley 1.845 y Ley 5.742) y nacional (Ley 25.326)”.
Por otra parte, se aclara que “los hechos violan el propio Código Civil y Comercial que obliga el consentimiento del titular del dato para captar o reproducir su imagen (Arts. 52 y 53) e incluso la ley nacional 26.061, que prohíbe difundir información o imágenes de niñas, niños y adolescentes”.
En sintonía con la protección especial que se les otorga a las mujeres, a nivel nacional, la ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (Ley 26.485, sancionada en marzo de 2009), insta a adoptar medidas dirigidas a remover los patrones socioculturales que promueven la desigualdad de género, eliminar la discriminación entre mujeres y varones, combatir la violencia de género en todas sus manifestaciones y ámbitos y asistir integralmente a quienes la padecen.
En respuesta a la última presentación de la Defensora, desde el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 38 notificaron que la causa por imágenes de abuso sexual fue elevada al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nro. 13. Vale recalcar que la baja del contenido circulante en la web ocurrió entre julio y agosto como consecuencia de la comunicación que la Defensoría realizó ante las empresas donde se informó de la existencia de la causa penal en trámite.
Además, informaron que se libró oficio al representante legal del sitio Tecito.app (perteneciente al blog en cuestión) para solicitar que su contenido sea totalmente preservado e inmediatamente dado de baja de forma definitiva; como así también se intimó a Google LLC que haga lo propio con https://tecito.app/elcazadorlegal y https://cazadorlegal22.blogspot.com, para que no puedan ser visualizados ni accedidos mediante los servicios de su buscador.