Principios de Yogyacarta
Los Principios de Yogykarta, o Principios sobre la Aplicación de la Legislación Internacional de Derechos Humanos con relación a la Orientación Sexual y la Identidad de Género, es un documento, presentado el 26 de marzo de 2007 ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, con la finalidad de orientar la interpretación y aplicación de las normas del Derecho internacional de los derechos humanos, en el cual se establecen estándares básicos, para evitar los abusos y dar protección a los derechos humanos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGBT)
Disposiciones relativas al derecho a la dignidad
Preámbulo
Recordando que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que toda persona tiene derecho al disfrute de los derechos humanos, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición;
Principio N° 1. El derecho al disfrute universal de los derechos humanos.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Los seres humanos de todas las orientaciones sexuales e identidades de género tienen derecho al pleno disfrute de todos los derechos humanos.
Principio N° 3. El derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica.
(…) La orientación sexual o identidad de género que cada persona defina para sí, es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos fundamentales de su autodeterminación, su dignidad y su libertad.
Principio N° 9. El derecho de toda persona privada de su libertad a ser tratada humanamente.
Toda persona privada de su libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. La orientación sexual y la identidad de género son fundamentales para la dignidad de toda persona.
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