Bandera Argentina

Opinión Consultiva 25 – La Institución del Asilo

Corte Interamericana De Derechos Humanos

Opinión Consultiva Oc-25/18 de 30 de Mayo de 2018

Solicitada por la República del Ecuador

La Institución del Asilo y su Reconocimiento como Derecho Humano en el Sistema Interamericano de Protección

(Interpretación y Alcance de los Artículos 5, 22.7 Y 22.8, en relación con el Artículo 1.1 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos)

(…) El derecho a buscar y recibir asilo en el marco del sistema interamericano se encuentra configurado como un derecho humano a buscar y recibir protección internacional en territorio extranjero, incluyendo con esta expresión el estatuto de refugiado según los instrumentos pertinentes de las Naciones Unidas o las correspondientes leyes nacionales, y el asilo territorial conforme a las diversas convenciones interamericanas sobre la materia (…)

El asilo diplomático no se encuentra protegido bajo el artículo 22.7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o el artículo XXVII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, por lo que debe regirse por las propias convenciones de carácter interestatal que lo regulan y lo dispuesto en las legislaciones internas (…)

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