Ley 937
Detección, Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil
La presente norma tiene por objeto la detección, prevención y erradicación del trabajo infantil, así como la atención de las niñas y los niños afectados por esta problemática y de sus familias. El trabajo infantil es considerado como aquel que se efectúa en forma remunerada o no, visible o no, una persona de menos de quince (15) años de edad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sanción: 19/11/2002
Publicación: Boletín Oficial del 10/01/2003 Número: 1606
DESCARGAR TEXTO CONSOLIDADO conforme Ley Nº 6.017 de fecha 28 de febrero de 2018