Bandera Argentina

Ley 898 – Obligatoriedad de educación hasta completar 13 años de escolaridad

Ley 898

Obligatoriedad de educación hasta completar 13 años de escolaridad

 

La presente norma dispone extender en el ámbito del sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la obligatoriedad de la educación hasta la finalización del nivel medio, en todas sus modalidades y orientaciones. La obligatoriedad comienza desde los cinco (5) años de edad y se extiende como mínimo hasta completar los trece (13) años de escolaridad.

 

Sanción: 17/09/2002

Publicación: Boletín Oficial del 08/10/2002 Número: 1542

 

DESCARGAR TEXTO CONSOLIDADO conforme Ley Nº 6.017 de fecha 28 de febrero de 2018