Ley 709 – Inasistencia escolar de alumnas embarazadas

Ley 709

Inasistencia escolar de alumnas embarazadas

 

La presente norma establece un Régimen Especial de Inasistencias Justificadas no computables a los fines de la reincorporación para alumnas embarazadas y alumnos en condición de paternidad que cursen estudios en instituciones del ámbito estatal o privado dependientes de la Secretaria de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dicho Régimen Especial es aplicable a solicitud del alumna/o quien deberá presentar certificado médico que acredite el estado y período de gestación y alumbramiento.

 

Sanción: 19/11/2001

Publicación: Boletín Oficial (BOCBA) N° 1360 del 16/01/2002

 

TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)