Ley 4762
Exime a las personas beneficiadas con el programa Pro.Cre.Ar del pago de impuestos, tasas y contribuciones que graven las operaciones
La presente norma exime a las personas físicas que resulten beneficiarias-adjudicatarias de créditos para la construcción o adquisición de viviendas en el marco del Programa Pro.Cre.Ar. y a todo aquel documento, instrumento y/o acto relacionado con el desarrollo del Programa Pro.Cre.Ar. del pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven las operaciones, actos e instrumentos relativos al Programa, en adhesión a lo dispuesto por el art. 8 del Decreto Nº 902/12 del Poder Ejecutivo Nacional.
Sanción: 14/11/2013
Publicación: Boletín Oficial del 26/12/2013 Número: 4305
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)