Ley 472
Creación de la Obra social de la Ciudad de Buenos Aires (O.S.B.A.)
La presente norma tiene por objeto crear la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A.), que es continuadora al Instituto Municipal de Obra Social (I.M.O.S.) fundado por la Ley Nº 20.382. La Ob.S.B.A. tendrá carácter de Ente Público no Estatal, organizada como instituto de administración mixta con capacidad de derecho público y privado, contando con individualidad jurídica y autarquía administrativa y económico – financiera.
Sanción: 05/08/2000
Publicación: Boletín Oficial del 12/09/2000 Número: 1025
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