Ley 448
Ley de salud mental
La presente ley tiene por objeto garantizar el derecho a la salud mental de todas las personas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Entre las cuestiones centrales que prevé se destacan los principios que rigen el sistema de salud mental, los derechos de las personas en relación a dicho sistema, la autoridad de aplicación y la conformación del mismo.
Sanción: 27/07/2000
Promulgación: Decreto N° 1.513/000 del 31/08/2000
Publicación: BOCBA N° 1022 del 07/09/2000
Reglamentación: Decreto 635/004 del 22/04/2004
Publicación: BOCBA Nº 1927 del 26/04/2004
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)