Bandera Argentina

Ley 445 – Creación del Programa “El Parador, casas abiertas para chicos de y en la calle”

Ley 445

Creación del Programa “El Parador, casas abiertas para chicos de y en la calle”

 

La presente norma crea el programa «El Parador, casas abiertas para chicos de y en la calle», dentro del ámbito de la Secretaría de Promoción Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la Ley Nº 114 de Protección Integral de los Derechos de niños, niñas y adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires. El Programa consiste en la puesta en funcionamiento de «Paradores», casas abiertas que forman parte del circuito de atención integral a niños, niñas y adolescentes de y en la calle hasta los dieciocho (18) años de edad. Los mismos funcionarán todos los días y durante las veinticuatro (24) horas.

 

Sanción: 20/07/2000

Publicación: Boletín Oficial del 08/09/2000 Número: 1023 Página: 18937

 

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