Ley 4376
Política Pública para el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de las personas lesbianas, gay, trans, bisexuales e intersexuales
La presente norma establece los lineamientos de la Política Pública para el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de las personas lesbianas, gay, trans (transexuales, travestis y transgéneros), bisexuales e intersexuales, en cumplimiento de los principios y fines del Estado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los derechos y principios consagrados en la Constitución Argentina, en los instrumentos internacionales, de Derechos Humanos ratificados por el Estado Nacional y en la Constitución Local.
Sanción: 15/11/2012
Publicación: Boletín Oficial del 22/01/2013 Número: 4079
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)