Bandera Argentina

Ley 4376 – Política Pública para el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de las personas lesbianas, gay, trans, bisexuales e intersexuales

Ley 4376

Política Pública para el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de las personas lesbianas, gay, trans, bisexuales e intersexuales

 

La presente norma establece los lineamientos de la Política Pública para el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de las personas lesbianas, gay, trans (transexuales, travestis y transgéneros), bisexuales e intersexuales, en cumplimiento de los principios y fines del Estado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los derechos y principios consagrados en la Constitución Argentina, en los instrumentos internacionales, de Derechos Humanos ratificados por el Estado Nacional y en la Constitución Local.

 

Sanción: 15/11/2012

Publicación: Boletín Oficial del 22/01/2013 Número: 4079

 

TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)