Ley 415
Programa de Juegotecas Barriales
La presente norma crea el Programa de Juegotecas Barriales en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Los objetivos del Programa son: a. Potenciar y redimensionar el lugar de niños y niñas en la comunidad; b. Generar espacios lúdicos y recreativos para niñas y niños en cada barrio; c. Sostener a través del juego un espacio saludable que favorezca la construcción de estrategias para abordar los problemas de la vida cotidiana; d. Contribuir a articular los recursos y los vínculos de la comunidad, especialmente con las áreas de salud, educación, las instituciones barriales y vecinos; e. Fomentar la construcción de espacios de encuentro con participación activa de los miembros de la comunidad que favorezcan la integración barrial; f. Ayudar al fortalecimiento de las relaciones familiares y comunitarias; y g. Promocionar el conocimiento en el barrio de la Convención Internacional por los Derechos del Niño asumiendo la defensa y difusión de los derechos de niños y niñas.
Sanción: 15/06/2000
Publicación: Boletín Oficial del 26/07/2000 Número: 992 Página: 18106
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