Ley 3704
Alimentación Saludable de niños, niñas y adolescentes en edad escolar
La presente Ley tiene por objeto promover la alimentación saludable variada y segura de los niños, niñas y adolescentes en edad escolar a través de políticas de promoción y prevención. A los fines de la presente Ley, la autoridad de aplicación (el Ministerio de Educación del GCBA) debe: a) Elaborar Pautas de Alimentación Saludable (PAS) específicas para los establecimientos educativos teniendo en cuenta los estándares difundidos por la OMS, organizaciones y profesionales especializados; b) Diseñar una Guía de Alimentos y Bebidas Saludables (GABS); c) Garantizar la educación en materia de alimentación y educación física; d) Coordinar políticas multisectoriales para promover la actividad física.
Sanción: 13/12/2010
Promulgación: De Hecho del 14/01/2011
Publicación: BOCBA N° 3615 del 28/02/2011
Reglamentación: Decreto Nº 001/013 del 03/01/2013
Publicación: BOCBA Nº 4068 del 07/01/2013
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