Bandera Argentina

Ley 3231 – Protección de la mujer embarazada, la lactancia y la familia para quienes se desempeñen en el G.C.B.A.

Ley 3231

Protección de la mujer embarazada, la lactancia y la familia para quienes se desempeñen en el G.C.B.A.

 

La presente norma establece que las personas que se desempeñan en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires bajo el régimen de locación de servicios, asistencia técnica o modalidades análogas, tendrán los derechos que se establecen en la presente, sin perjuicio de los que resultaren de otras disposiciones. La ley otorga a la mujer que se encuentra en los regímenes mencionados , el derecho a suspender los servicios a su cargo con pago de la contraprestación convenida (cuarenta y cinco días antes del parto y sesenta días posteriores) y el derecho a una pausa diaria para lactancia. Asimismo, reconoce al padre el derecho a suspender los servicios a su cargo con pago de la contraprestación convenida durante un plazo de diez días.

 

Sanción: 15/10/2009

Publicación: Boletín Oficial del 23/12/2009 Número: 3327

 

TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)