Bandera Argentina

Ley 2870 – Servicios públicos domiciliarios. Actuación de oficio por infracciones.

Ley 2870

Servicios públicos domiciliarios. Actuación de oficio por infracciones.

 

La presente norma establece que cuando existan presuntas infracciones dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la legislación sobre defensa del consumidor (Ley 24.240) y sus normas complementarias en el marco de las relaciones de consumo establecidas entre prestadores y usuarios de servicios públicos domiciliarios, la autoridad de aplicación iniciará actuaciones administrativas de oficio o por denuncia de quien invocare un interés particular o actuare en defensa del interés general de los consumidores.

 

Sanción: 09/10/2008

Publicación: Boletín Oficial del 14/11/2008 Número: 3057

 

TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)