Ley 2807
Aparatos electrónicos en desuso
La presente norma tiene por objeto establecer medidas para la gestión de aparatos electrónicos en desuso del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que hayan sido objeto de baja patrimonial, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 1854, en concordancia con lo preceptuado en ésta y de manera tal de contribuir complementariamente a la consecución de las metas de reducción progresiva de Residuos Sólidos Urbanos previstas en la norma citada.
Sanción: 24/07/2008
Promulgación: Decreto Nº 986/008 del 08/08/2008
Publicación: BOCBA N° 2994 del 15/08/2008
Reglamentación: Decreto Nº 705/011 del 28/12/2011
Publicación: BOCBA N° 3829 del 10/01/2012
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)