Bandera Argentina

Ley 2694 – Garantía extendida

Ley 2694

Garantía extendida

 

La presente norma establece la implementación en todas las empresas y establecimientos que comercialicen cosas muebles no consumibles y ofrezcan una garantía que supere el plazo establecido en los artículos 11 y 16 de la Ley Nº 24.240 de Defensa de los Consumidores y Usuarios, denominada comúnmente “garantía extendida”, deberán informar al consumidor de los términos de la misma, el tipo de contrato que está suscribiendo, la compañía que interviene y la fecha de inicio efectivo de la garantía, mediante la exhibición de una cartelera en espacio visible al público.

 

Sanción: 15/05/2008

Publicación: Boletín Oficial del 13/06/2008 Número: 2951

 

 

TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)