Bandera Argentina

Ley 26.588 – Declaración de interés nacional de la enfermedad celíaca

Ley 26.588

Declaración de interés nacional de la enfermedad celíaca

 

La presente norma tiene por objeto declarar de interés nacional la acción médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos y medicamentos libres de gluten.

La autoridad de aplicación -el Ministerio de Salud- debe determinar la cantidad de gluten de trigo, de avena, de cebada o de centeno (TACC) que contengan por unidad de medida los productos alimenticios y los medicamentos para ser clasificados libre de gluten o con contenido de gluten. En la medida que las técnicas de detección lo permitan la autoridad de aplicación fijará la disminución paulatina de la toxicidad.

 

Sanción: 02-dic-2009

Publicación: Boletín Oficial del 31-dic-2009    Número: 31812

 

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