Ley 2516
Se garantiza la contratación de un seguro contra accidentes para los pacientes de los servicios de Salud Mental y/o de los Hospitales de Día.
La presente norma tiene por objeto garantizar la contratación de un seguro individual contra accidentes para todos los pacientes que, estando internados en los servicios de salud mental de los hospitales del subsector estatal y/o asistiendo a los hospitales de día dependientes del Ministerio de Salud, requieran, como parte de su tratamiento, la concurrencia a actividades de reinserción sociolaboral; enmarcadas en los programas dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Sanción: 22/11/2007
Promulgación: Decreto Nº 2.046/007 del 07/12/2007
Publicación: BOCBA N° 2831 del 13/12/2007
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016) Ley Ciudad-2516 – Sancionada 22-11-2007 – Publicada BOCBA N° 2831 del 13-12-2007