Ley 25.674
Asociaciones Sindicales
La presente norma establece la participación femenina en las unidades de negociación colectiva de las condiciones laborales, en función de la cantidad de trabajadores en la rama o actividad de que se trate. Asimismo, la norma dispone que los acuerdos celebrados sin la representación proporcional de mujeres, no serán oponibles a las trabajadoras, salvo cuando fijaren condiciones más beneficiosas.
Sanción: 06-nov-2002
Publicación: Boletín Oficial del 29-nov-2002 Número: 30037