Bandera Argentina

Ley 2443 – Erradicación de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes

Ley 2443

Erradicación de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes

 

La presente norma tiene por objeto establecer e implementar medidas tendientes a erradicar la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes. A los efectos de la presente Ley se entiende por: 1) Niño, niña y adolescente a todo ser humano menor de dieciocho (18) años de edad;  2) Explotación sexual comercial a la utilización de niños, niñas y adolescentes en actividades sexuales a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución. Asimismo, la norma establece que son funciones de la Autoridad de Aplicación las siguientes: 1. Impulsar la elaboración de un plan local para la prevención y erradicación de la explotación sexual comercial infantil; 2. Articular políticas integrales e intersectoriales tendientes a prevenir y erradicar la explotación sexual comercial infantil, en un marco de cooperación tanto nacional como interjurisdiccional; 3. Implementar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una campaña permanente contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes en el marco de los objetivos y presupuestos establecidos por el «Protocolo Relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía» de la Organización de las Naciones Unidas.

 

Sanción: 13/09/2007

Publicación: Boletín Oficial del 25/10/2007 Número: 2796

 

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