Ley 2443
Erradicación de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes
La presente norma tiene por objeto establecer e implementar medidas tendientes a erradicar la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes. La norma establece que son funciones de la Autoridad de Aplicación la elaboración de un plan local para la prevención y erradicación de la explotación sexual comercial infantil; la articulación de políticas integrales e intersectoriales tendientes a prevenir y erradicar la explotación sexual comercial infantil, en un marco de cooperación tanto nacional como interjurisdiccional; la implementación de una campaña permanente contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes en el marco de los objetivos y presupuestos establecidos por el «Protocolo Relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía» de la Organización de las Naciones Unidas, entre otras funciones.
Sanción: 13/09/2007
Publicación: Boletín Oficial del 25/10/2007 Número: 2796
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)