Ley 24.742 (Comité Hospitalario de Etica)

Ley 24.742

La presente norma prevé que en todo hospital del Sistema Público de Salud y Seguridad Social, en la medida en que su complejidad lo permita, deberá existir un Comité Hospitalario de Etica, el que cumplirá funciones de asesoramiento, estudio, docencia y supervisión de la investigación respecto de aquellas cuestiones éticas que surgen de la práctica de la medicina hospitalaria.

Sanción: 27/11/1996;

Promulgación: 18/12/1996;

Boletín Oficial 23/12/1996

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