Ley 23.660 – Régimen de las Obras Sociales

Ley 23.660

Régimen de las Obras Sociales

 

La presente norma regula el régimen de las obras sociales, las cuales comprenden, en particular, las obras sociales sindicales correspondientes a las asociaciones gremiales de trabajadores con personería gremial, signatarias de convenios colectivos de trabajo; los institutos de administración mixta; las obras sociales de las empresas y sociedades del Estado, del personal de dirección y de las asociaciones profesionales de empresarios, y las constituidas por convenio con empresas privadas o públicas.

Las obras sociales destinarán sus recursos en forma prioritaria a prestaciones de salud, debiendo asimismo brindar otras prestaciones sociales.

 

Sanción: 29-dic-1988

Publicación: Boletín Oficial del 20-ene-1989   Número: 26555

 

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