Ley 2247
Libro de quejas, sugerencias y reclamos en comercios privados con gran afluencia de público
La presente norma establece que todas las dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con atención al público y todos los locales y/o comercios privados, con gran afluencia de público, donde se preste servicio de atención al cliente o de post-venta, situados en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será obligatoria la existencia de un Libro de Quejas, Agradecimientos, Sugerencias y Reclamos.
Sanción: 14/12/2006
Promulgación: Decreto Nº 124/006 del 17/01/2007
Publicación: BOCBA Nº 2613 del 26/01/2007
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)