Bandera Argentina

Ley 2221 – Empresas de Servicios y Oficina de Atención al Consumidor

Ley 2221

Empresas de Servicios y Oficina de Atención al Consumidor

 

La presente norma establece que toda empresa prestataria de servicios que tenga sucursales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe contar con una oficina de atención personalizada, dentro de la ciudad, donde el usuario y/o consumidor pueda efectuar todos los reclamos y/o consultas relativas al servicio correspondiente en forma personal.

 

Sanción: 14/12/2006

Promulgación: Decreto Nº 86/007 del 16/01/2007

Publicación: BOCBA N° 2611 del 24/01/2007

Reglamentación: Decreto Nº 816/007 del 06/06/2007

Publicación: BOCBA Nº 2704 del 13/06/2007

 

TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)