Ley 210
Creación del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos
La presente norma regula la estructura orgánica del Ente Único Regulador de Servicios Públicos, previsto por el artículo 138 de la Constitución de la Ciudad e instituido en el ámbito del Poder Ejecutivo. El Ente ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos prestados por la administración central o descentralizada o por terceros, así como el seguimiento de los servicios cuya fiscalización realice la Ciudad de Buenos Aires en forma concurrente con otras jurisdicciones, para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto.
Sanción: 29/06/1999
Promulgación: Decreto N° 1.495/999 del 29/07/1999
Publicación: BOCBA N° 752 del 10/08/1999
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)