Ley 1897
Modificaciones corporales-regulación de actividades vinculadas con la aplicación de tatuajes, perforaciones, micropigmentación u otras similares
La presente ley tiene por objeto establecer normas sanitarias básicas para la práctica del tatuaje y perforaciones, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de prevenir y proteger la salud de los usuarios de este servicio y a los profesionales que la realicen
Sanción: 06/12/2005
Promulgación: Decreto Nº 37/006 del 10/01/2006
Publicación: BOCBA N° 2365 del 24/01/2006
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)