Ley 1865
Creación del Consejo de la Juventud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
La presente norma crea el Consejo de la Juventud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.J.C.A.B.A.), de acuerdo a lo previsto en el art. 40 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como ente de representación de los jóvenes, con el carácter, derechos y obligaciones de las personas jurídicas de derecho público, ajustándose en su funcionamiento y composición a las disposiciones de la presente ley.
Sanción: 01/12/2005
Publicación: Boletín Oficial del 25/01/2006 Número: 2366
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