Bandera Argentina

Ley 1472 – Código Contravencional de la C.A.B.A.

Ley 1472

Código Contravencional de la C.A.B.A.

 

El artículo que se refiere al Derecho a la Igualdad y No Discriminación en el Código Contravencional de la CABA es el art. 66, por cuanto establece que quien discrimina a otro por razones de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que implique exclusión, restricción o menoscabo, es sancionado/a con dos (2) a diez (10) días de trabajo de utilidad pública o cuatrocientos ($ 400) a dos mil ($ 2.000) pesos de multa.

 

Sanción: 23/09/2004

Publicación: Boletín Oficial del 28/10/2004 Número: 2055

 

TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)