Ley 1378 – Examen de agudeza visual en ciclo lectivo primario

Ley 1378

Examen de agudeza visual en ciclo lectivo primario

 

La presente norma establece que todos los alumnos de primer grado de nivel primario de las escuelas de Gestión Pública y Gestión Privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán acceder en forma obligatoria a un examen de agudeza visual que deberá llevarse a cabo dentro de los noventa (90) días hábiles de iniciado el ciclo lectivo.

 

Sanción: 01/07/2004

Publicación: Boletín Oficial (BOCBA) N° 2009 del 24/08/2004

 

TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)