Ley 1378
Examen de agudeza visual en ciclo lectivo primario
La presente norma establece que todos los alumnos de primer grado de nivel primario de las escuelas de Gestión Pública y Gestión Privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán acceder en forma obligatoria a un examen de agudeza visual que deberá llevarse a cabo dentro de los noventa (90) días hábiles de iniciado el ciclo lectivo.
Sanción: 01/07/2004
Publicación: Boletín Oficial (BOCBA) N° 2009 del 24/08/2004
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)