Ley 137
Autoriza constitución y funcionamiento de Centros de Estudiantes
La presente norma autoriza la constitución y funcionamiento de organismos de representación estudiantil, bajo la forma de un único Centro de Estudiantes, en cada uno de los establecimientos de enseñanza de nivel secundario y/o terciario, y en aquellos donde se impartan cursos de Educación no Formal, de más de un año de duración, dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sanción: 14/12/1998
Publicación: Boletín Oficial (BOCBA) N° 616 del 22/01/1999
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