Ley 12.331
Ley de Profilaxis
La presente norma está destinada a la organización de la profilaxis de las enfermedades venéreas, y a su tratamiento sanitario en todo el territorio de la Nación. Asimismo, la norma crea en el Departamento Nacional de Higiene una sección denominada «Profilaxis de las enfermedades venéreas», la que estará a cargo de un médico de reconocida autoridad en la materia, quien dirigirá y organizará la lucha antivenérea en todo el territorio de la República.
Sancionada: 30-oct-2002
Publicación: Boletín Oficial del 11-ene-1937 Número: 12754