Los Principios para la Igualdad fueron acordados por un grupo de expertos en varias fases de consulta. Fueron discutidos en una conferencia titulada “Principios para la Igualdad y Desarrollo de Estándares Legales para la Igualdad”, organizada por The Equal Rights Trust los días 3 – 5 de abril de 2008 en Londres. En este evento participaron representantes de distintos entornos, incluyendo académicos, abogados, y activistas de recursos humanos de todas partes del mundo
Parte I – Igualdad
1. El derecho a la igualdad es el derecho de todos los seres humanos a ser iguales en su dignidad, a ser tratados con respeto y consideración y a participar con base igualitaria con los demás en cualquier área de la vida civil, cultural, política, económica y social. Todos los seres humanos son iguales ante la ley y tienen derecho a una misma protección y garantía ante la ley.
2. La igualdad de trato, desde el punto de vista de la igualdad, no equivale a trato idéntico. Para reconocer la igualdad plena y efectiva, es necesario tratar a las personas de manera diferente según sus distintas circunstancias, para reconocer su igualdad personal y para mejorar sus habilidades para participar en la sociedad como iguales.
3. El derecho a la igualdad requiere de la acción positiva para ser efectivo. La acción positiva, que incluye una serie de medidas políticas, administrativas, y legislativas para superar las desventajas del pasado y acelerar el progreso hacia la igualdad de algunos grupos en particular, es un elemento necesario dentro del derecho a la igualdad.