Bandera Argentina

Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer

Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer

El presente instrumento internacional  fue aprobado el 18 de diciembre de 1979 fue aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas y el 3 de septiembre de 1981 entró en vigencia. Adoptado por resolución 34/180 de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979, fue suscripto por la República Argentina el 17 de julio de 1980. Aprobado por Ley 23.179, sancionada el 8 mayo de 1985, fue ratificado por el Gobierno argentino el 9 de marzo de 2007. Asimismo, el instrumento goza con jerarquía constitucional en los términos del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional.

Disposiciones relativas al derecho a una vivienda digna

Artículo 14

2. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a:

h) Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones.

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