Delito de Convención para la Prevención y la Sanción del Genocidio
El presente instrumento previene y sanciona el delito de genocidio dentro de la Comunidad Internacional. Fue adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 09 de Diciembre de 1948. Aprobado por la República Argentina por el Decreto Ley 6286 el 9 de abril de 1956. Ratificado por el gobierno argentino el 2 de octubre de 1968. Se trata de uno de los instrumentos de derechos humanos que goza de jerarquía constitucional en los términos del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional.
Artículo III
- Serán castigados los actos siguientes: … c) La instigación directa y pública a cometer genocidio;
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