Bandera Argentina

MESA DE ENTRADA JUDICIAL

Oficios judiciales

Los oficios judiciales se tramitan ante la Mesa de Entradas Judicial de la Conducción Ejecutiva de Asuntos Legales de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Cómo remitir un oficio judicial en formato digital?

Depende de la jurisdicción desde la cual se quiera diligenciar el oficio.

Poder Judicial Nacional
Si es proveniente de dependencia del PJN, deberá canalizar el oficio a través del módulo DEOX del sistema LEX100 (o el que en futuro lo reemplace) al CUIO 60000029680 (DEFENSORÍA DEL PUEBLO CABA).

Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires
Si es proveniente de dependencia de la SCBA, deberá canalizar el oficio a través del sistema de notificaciones Augusta o el que en el futuro lo reemplace al domicilio 30999275237-oficios@acuerdos3989.notificaciones.

Restantes jurisdicciones
Los oficios judiciales pueden remitirse como adjunto en formato pdf al correo electrónico mej@defensoria.org.ar. En su asunto debe indicar la caratula del expediente objeto del requerimiento y en el cuerpo del mensaje podrá indicar el detalle del requerimiento y datos de interés o contacto.

¿Puedo remitir un oficio judicial en formato papel?

Solo se pueden remitir oficios en formato papel los oficios de las «restantes jurisdicciones». Podrán diligenciarse personalmente o a través de correo oficial a la oficina de la Mesa de Entradas Judicial ubicada en la calle República Bolivariana de Venezuela 538, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP 1095) de lunes a viernes de 10 a 17. Solo se requiere el oficio original, sin necesidad de copias.

¿Cuáles son los recaudos que deben contener los oficios judiciales?

Los oficios deberán cumplir con todos los recaudos dispuestos por los códigos procesales y reglamentaciones aplicables (ley 22.172, etc.). Caso contrario no se le podrá dar trámite y se le comunicará al interesado tal circunstancia. Todos los oficios deben consignar datos de contacto del requirente y vía de canalización de la respuesta.

¿Cuál es la demora en tramitar el oficio judicial?

Los oficios judiciales son tratados dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha de su recepción salvo requisito especial dispuesto por la normativa u autoridad competente. La respuesta a los oficios es cursada directamente a la dependencia de origen tramitante por la vía dispuesta.

Quienes tengan consultas o dudas pueden comunicarse con el sector responsable de lunes a viernes de 10 a 17 al 4338-4900, interno 3555.