Bandera Argentina
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Se reclamó al gobierno porteño la obligación de inscribir sus bases de datos en los registros del CPDP

Con notas enviadas a todas las Oficinas Legales y Técnicas de los Ministerios del GCBA, el Centro de Protección de Datos Personales (CPDP), además de recordar su función de órgano de control de la ley de habeas data de la Ciudad, solicitó que informen a sus dependencias la obligatoriedad de inscribir sus bases de datos en el registro del CPDP.

Asimismo se advirtió que para todos los registros de datos que administren, la Ley 1845 de Protección de Datos Personales y su Decreto Reglamentario 725/07 prevé en su Art. 18 inc. e) la obligatoriedad para el responsable de inscribirse en el Registro de Datos que funciona en nuestro Centro de Protección de Datos Personales (conf art 23).

La base de datos se considerará “licita” solo cuando se encuentre debidamente inscripta observando los principios que establece el Art. 4° inc. 2 de la Ley 1845.

En cpdp.defensoria.org.ar se accede al formulario de inscripción que debe ser completado por cada responsable de las bases dependientes
Acceso al formulario on-line