Bandera Argentina
testeos

Protección de datos y seguridad sanitaria en los operativos de testeo rápido

La Defensoría del Pueblo, a través del titular del CPDP, Eduardo Peduto, solicitó al gobierno porteño precisiones legales, procesales y operativas que aclaren los alcances del cumplimiento de la protección de los datos personales de las personas destinatarias de la Encuesta de Seroprevalencia COVID-19.

La encuesta tiene por objeto conocer la dimensión de la epidemia y el estado inmunológico de la población porteña para orientar las medidas de salud pública. Con este fin, se efectúa un test de serología (test rápido de determinación de anticuerpos en sangre) a personas mayores de edad de un grupo de viviendas seleccionadas al azar y un breve cuestionario.

La Dirección General de Estadísticas y Censos de la Ciudad de Buenos Aires responsable -junto con la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red- de la implementación de la encuesta informó a esta Defensoría del Pueblo que la encuesta se lleva a cabo en formato digital, y a cada persona  se le hace entrega de un “Consentimiento Informado” en el que debe aceptar o rechazar se orbjeto del análisis y del cuestionario, o interrumpirlo cuando lo considere. Por su parte,  José M. Donati, Director General de Estadísticas y Censos del Gobierno de la CABA, manifestó que “todos los datos de los participantes, las respuestas y los resultados son personales y privados y la identidad de los voluntarios es confidencial encontrándose amparados por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y sus datos resguardados por el secreto estadístico contemplado en la Ley 17.622.”

En relación con las medidas de seguridad de los agentes encuestadores, esa dirección informó que cuentan con apto médico emitido por autoridad competente y adoptan las medidas de protección correspondientes a los protocolos establecidos.