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Mercado Libre debe indemnizar a una usuaria por incumplimiento en la compra on-line

Se trata de la compra de productos alimenticios en 2014, vía comercio electrónico,  cuya mercadería nunca fue entregada a la compradora. La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario falló a favor de la usuaria afectada, al considerar que la intermediaria de Internet: «no es ajena a la relación de consumo ni a la ley» que regula y protege a los consumidores; sentenció además que Mercado Libre «interviene -y por ende es responsable– desde el mismo momento en que, creando apariencia, logra atraer para sí la confianza de sus clientes», lo que «constituye la fuente primaria de sus obligaciones» y «de sus ganancias»; y que «Sea cual sea el argumento que se tome, no es discutible que Mercado Libre es un intermediario que integra una cadena comercial», indicaron las/os integrantes de la  Cámara Nacional en lo Civil. En el dictamen, afirmaron que «Mercado Libre S.A. no puede desconocer que, en su calidad de intermediario, se encuentra alcanzado por la Ley de Defensa del Consumidor».

Asimismo frente a la negativa de la empresa de negarle el acceso al comprador de los datos del vendedor que incumplió el contrato estableció: «No se vislumbran razones plausibles por las cuales el vendedor podría objetar que se suministre a quien contrató con él datos como su CUIL, o un domicilio al cual dirigir eventuales comunicaciones o reclamos».

Eduardo Peduto, director del Centro de Protección de Datos Personales de la Defensoría del Pueblo subrayó la importancia del fallo “porque hace hincapié en que la responsabilidad subjetiva de los intermediarios es una figura clave para romper con la lógica hermética de los intermediarios en el ámbito virtual”. Explicó además que estas empresas justifican sus acciones fundadas en el no ejercicio de la censura previa, “que si bien es una cuestión que compartimos, no es una conducta  que se pueda constatar de manera constante, como en el caso de la censura ejercida ante pezones femeninos o actos de amamantar como ha sido frecuentemente corroborado”.

“Algo similar ocurre cuando recurren al argumento de la imposibilidad de alterar su sistema de algoritmos ocultando, a sabiendas, que el sistema lo eligen ellos y que no tiene vida”, finalizó Peduto.

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